Quantcast
Channel: Garapenen bloga
Viewing all articles
Browse latest Browse all 99

¡Si tú me dices ven lo dejo todo! (Una propuesta para los emprendedores que no emprenden)

$
0
0

No detengas el momento por las indecisiones

“Si tu me dices ven, lo dejo todo, si tu me dices ven, será todo para ti”, así comienza un conocido bolero que en otro momento de su letra y de un modo mas imperativo nos invita a “no detener el momento por la indecisiones”, al recordarlo se me viene a la cabeza es el proceso de disonancia cognitiva[1] que vive una persona que tiene que tomar la decisión de emprender un proyecto empresarial.

A tenor de los datos vivimos un momento en el que el nivel de indecisión empieza a descender, así,  el Informe Global Entrepreneurship Monitor de la Comunidad Autónoma del País Vasco[2], revela que la actividad emprendedora en Euskadi ha mostrado en 2014 una ligera recuperación concretamente el 3,65% frente al 3% alcanzado en 2013, aunque todavía no alcanza los niveles del 5% que aparecía al comienzo de la crisis económica.

Para conocer las causas de esta positiva evolución del TEA[3] y utilizando para su análisis el marco de referencia que de Veciana[4], la mejora de la situación económica, aparece sin duda, como un importante factor a un nivel macro y desde un enfoque puramente económico.

Ahora bien, aplicando este mismo marco teórico, no podemos pasar por alto un enfoque institucional a todos los niveles, ya que son estas, a través de su políticas, las que se pueden convertir  en agentes claves en cuanto a la evolución positiva del emprendimiento y lo que es más importante fomente valores que potencien la calidad de estas iniciativas empresariales

Estas  actuaciones pueden desarrollarse a través de diferentes  ejes de actuación alrededor de los cuales debe girar la política en el ámbito de los emprendedores, tales como, cual o cuales son las herramientas y los programas que resultan útiles para favorecer la puesta en marcha de proyectos emprendedores, cual es el papel de la persona emprendedora en el desarrollo del estado del bienestar y la redistribución de la riqueza, potenciando la figura del emprendedor desde un punto de vista social y económico o cuales son las diferentes tipologías del emprendimiento, y cuales las formulas para su desarrollo y por ultimo acomodar el marco legal que rodea tanto al proceso emprendedor como a la persona emprendedora, para que se convierta en un facilitador para las personas emprendedoras.

De esta clasificación inicial, podríamos derivar múltiples desarrollos de cada de sus ejes segmentándolos además por variables como el momento del proceso emprendedor en el que se actúa, el ámbito de actuación, la administración actuante u otros, pero para cumplir con lo prometido en el subtitulo de este articulo, realizar una propuesta, centraremos en esta ocasión nuestra atención en el marco legal.

Si tu me dices ven, todo cambiará, Si tu me dices ven habrá felicidad.

En este sentido, los hitos mas significativo la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, el Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad y la Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo, tanto por su contenido, como porque empiezan a conformar un marco jurídico propio con el objetivo de favorecer la actividad emprendedora.

Pues bien, para que cualquier política publica en general y este marco jurídico en particular consiga su objetivo, es muy importante la identificación de aquellos colectivos en los que estas van a resultar mas eficientes. En el colectivo que nos ocupa y a efectos de su análisis tendremos en cuenta tres variables.

  1. El perfil de las personas emprendedoras de cara a asumir con éxito el proyecto.
  2. El sector de actividad donde este se va a desarrollar
  3. La motivación, para la puesta en marcha del mismo.

Con respecto al primer y al segundo aspecto, a lo largo de múltiples estudios se comprueba como la mayor efectividad en el apoyo al emprendedor con un mayor nivel de estudios, con una edad que ronda los 40 – 45 años y que apuesta por actividades de alto valor añadido y han tenido previamente responsabilidades de gestión por cuenta ajena.

En lo que hace referencia al tercero, el proyecto GEM (Global Entrepreneurship Monitor) clasifica en tres categorías las iniciativas emprendedoras en función del tipo de motivación que las impulsó; por aprovechamiento de una oportunidad de negocio que el emprendedor ha identificado y decide crear una empresa, por necesidad o falta de alternativas de trabajo por cuenta ajena y decide crear su propia actividad como sustento económico o por otros motivos.

Pues bien, la motivación de emprender por oportunidad es típica de los países desarrollados y se repite tanto en los países de la UE, así como en la mayoría de los países de la OCDE que participan en GEM.

En este sentido en todos los países europeos que participan en el proyecto GEM se observa que el emprendimiento por oportunidad es superior al emprendimiento por necesidad. Los países con un porcentaje superior de emprendimiento por necesidad son Grecia, R. Checa, Eslovaquia, Hungría, España, Lituania, Letonia, Rumania, Irlanda y Polonia. Los países con alto PIB de Europa que presentan un mayor porcentaje de emprendimiento por oportunidad, son países como: Países Bajos, Dinamarca, Suecia, Francia, Alemania y Eslovenia.

Esto nos llevaría a plantear a plantear que el colectivo de personas a las que dirigir las políticas de emprendimiento en aras a conseguir un mayor nivel de crecimiento económico, serian aquellas personas entre 40 y 45 años que desarrollan actividades profesionales de alto nivel añadido.

En este colectivo y desde la perspectiva de las políticas públicas resulta interesante fomentar el emprendimiento en aquellos que hayan sufrido las consecuencias más drásticas de la crisis mujeres y mayores en situación de paro con un alto nivel de estudios y experiencia previa, si bien este colectivo pertenecería al colectivo de emprendedores por necesidad

Ahora bien, centrándonos en este colectivo, pero en aquellos que no se encuentren en situación de desempleo sino laboralmente activos, cuando son preguntados por las razones para no emprender, a pesar de detectar oportunidades en el mercado, en su ámbito de conocimiento, la respuesta es la seguridad laboral y económica.

Pues bien, nos encontramos que el colectivo que más posibilidades tendría para desarrollar proyectos emprendedores de éxito y que contribuyan al desarrollo económico y social del país, no lo hacen porque sus circunstancias personales, familiares, y profesionales, les limitan a la hora de asumir riesgos en esa etapa de su ciclo vital.

En este sentido el Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social, llamada Segunda Oportunidad del Emprendedor, establecía un procedimiento extrajudicial mediante el que, de forma flexible, el emprendedor puede negociar el pago de la deuda con sus acreedores ayudado por la figura del Mediador Concursal. exonerando de todas las deudas que no se cubran con la totalidad de los bienes.

Esto evitaría la insolvencia “Ad infinitum” de aquella persona emprendedora, a la que le fuera mal su proyecto empresarial, pero es insuficiente a efectos de ver truncada su proyecto profesional y vital, como consecuencia de este fracaso.

Pues bien, a efectos de solventar esta situación, la creación de una figura jurídica similar de “excedencia forzosa” con reserva de puesto contemplada en el Art. 46 del ET[5], a aquellas personas, que inicien un proyecto empresarial podría eliminar gran parte de las incertidumbres de este colectivo a la hora de emprender su proyecto.

Entiendo que esta propuesta podría ser un tanto arriesgada, de una cierta complejidad legislativa a la hora de regularla y que generaría una cierta oposición en el ámbito empresarial, pero tendría una mayor eficiencia a efectos de utilización de recursos públicos en las políticas de apoyo al emprendimiento y una mayor eficacia en cuanto al desarrollo económico, en la medida que se dirige al colectivo con mayor potencial de éxito en este ambito.

Que no se te haga tarde y te encuentres en la calle y sin rumbo

En definitiva, existe un colectivo de profesionales que potencialmente serian susceptibles de convertirse en motores de la creación de riqueza para el país, pero que volviendo al bolero, y si las administraciones no actúan para “que no se les haga tarde, y te encuentren en la calle perdidos y sin rumbo” pueden dejar pasar esta oportunidad y en mi opinión, esto es algo que el país no puede permitirse.

Concluyendo y utilizando el titulo de un conocido libro de Albert Espinosa[6] para intentar poner voz a este colectivo silencioso ante la administración, “Si tú me dices ven lo dejo todo… pero dime ven”.

Luis Lupia­ñez — Depar­ta­mento de Pro­mo­ción de Empre­sas de Inguralde.


 

[1] El concepto de disonancia cognitiva, en psicología, hace referencia a la tensión o desarmonía interna del sistema de ideas, creencias y emociones (cogniciones) que percibe una persona al mantener al mismo tiempo dos pensamientos que están en conflicto, o por un comportamiento que entra en conflicto con sus creencias. https://es.wikipedia.org/wiki/Disonancia_cognitiva

[2] http://www.gem-spain.com/?p=893

[3] La Tasa de Actividad Emprendedora  es el indicador utilizado en los informes GEM

[4] VECIANA, J. M. (1999): «Creación de Empresas como programa de investigación Científica», Revista Europea de Dirección y Economía de la Empresa, vol. 8, nº 3, pp. 11–36.

[5] Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (Vigente hasta el 13 de Noviembre de 2015).

[6] Si tu me dices ven lo dejo todo pero dime ven Albert Espinosa, Grijalbo, 2012 / http://www.albertespinosa.com/libros/si-tu-me-dices-ven-lo-dejo-todo-pero-dime-ven


Viewing all articles
Browse latest Browse all 99

Trending Articles